Este jueves ha tenido lugar la primera reunión del Patronato de la Fundación «VIII Centenario de la Catedral. Burgos 2021», después de su constitución formal el pasado 20 de julio en un solemne acto que tuvo como marco la Capilla de los Condestables de la Catedral. La Fundación ha sido inscrita en el Registro de Fundaciones de Castilla y León mediante resolución del 16 de agosto publicada por el Boletín Oficial de Castilla y León del 28 del mismo mes.
El Patronato inicial, presidido por el arzobispo de Burgos y formado por los presidentes del Cabildo y la Cámara de Comercio, se ha completado hasta llegar a un total de doce miembros. Por parte del arzobispado se han incorporado Fernando García Cadiñanos, Carlos Izquierdo Yusta y Álvaro Tajadura. El Cabildo ha propuesto a Juan Álvarez Quevedo, Vicente Rebollo y Matías Vicario. Finalmente, la Cámara de Comercio se verá representada por José Luis Olivella Espeja, Álvaro Manso Urbano y Carlos García Martínez.
Asimismo se han tomado diferentes acuerdos que tienen como objetivo iniciar lo más rápidamente posible sus actuaciones y, con ello, dar cumplimiento a la finalidad para la que la Fundación ha sido constituida. En este sentido, se va a solicitar formalmente a la Casa Real la aceptación por SS.MM. los Reyes de la Presidencia de Honor. Por otro lado y conforme establecen los estatutos de la Fundación, el Patronato se dirigirá oficialmente a los futuros Patronos de Honor para que formalicen su incorporación a la misma de tal modo que tengan conocimiento y participen activamente en el proceso de toma de decisiones que ahora inicia la Fundación y que determinará su programa de actuaciones. Según los estatutos, los Patronos de Honor son la Comunidad de Castilla y León, el alcalde de Burgos en representación del Ayuntamiento de Burgos, el presidente de la Diputación de Burgos en representación de la Diputación de Burgos y el Gobierno de España.
Finalmente, la Fundación ha comenzado a deliberar sobre decisiones de orden interno, entre otras, aquellas en relación con su régimen fiscal propio así como hacer lo necesario para que las aportaciones que se obtengan puedan tener el reconocimiento de los beneficios de índole fiscal que la legislación permita.